miércoles, 18 de noviembre de 2009

Declaracion del IVA a través del portal del SENIAT

Hacemos del conocimiento de nuestros distinguidos clientes que según publicación oficial, el SENIAT formalizó la providencia administrativa que establece la obligatoriedad de realizar las Declaraciones de I.S.L.R. y las Declaraciones del Impuesto al Valor agregado (IVA), a través de portal electrónico www.seniat.gob.ve.
Esto según la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.296 de fecha 30 de Octubre del 2009.
Esta normativa entra en vigencia a partir de su publicación, es decir el 01 de Noviembre del 2009.

Para declaraciones de IVA:

  • Para los sujetos que son afectados por esta providencia, le indicamos que las declaraciones del IVA, afectadas, serán las correspondientes a los periodos que se inicien a partir del 30/11/2009 por lo que las declaraciones del mes de Diciembre 2009, deberán efectuarse en esta modalidad a partir del mes de Enero 2010.
  • Los datos para la declaración deben ser calculados y posteriormente dtranscritos estos resultados en los campos correspondientes a través del portal del SENIAT.
Consultar esta Gaceta Oficial



Descarga aqui el Manual de procedimiento para la declaración del IVA a través del portal SENIAT